La Corte Suprema deberá resolver si Gildo Insfrán puede ser candidato a Gobernador de Formosa por novena vez

Tras recibir el dictamen del Procurador General Eduardo Casal, que reconoció la jurisdicción del tribunal, los jueces analizarán la validez de la reforma de la Constitución provincial que volvió a habilitar al mandatario

Vota Gildo Insfrán Formosa 2025
Gildo Insfran es gobernador de Formosa desde 1995
Guardar

En un dictamen presentado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el Ministerio Público Fiscal reconoció la competencia originaria del máximo tribunal para intervenir en la causa que cuestiona la habilitación de una nueva reelección del gobernador de Formosa, Gildo Insfrán.

El alto tribunal ya había resuelto que no puede existir reelección indefinida en esa provincia, pero se reformó reformó la Constitución a través de una clausula transitoria que habilita a Insfrán a presentarse por una única vez a una próxima reelección, en 2027.

PUBLICIDAD

El caso fue iniciado por la Confederación Frente Amplio Formoseño, que solicitó la declaración de inconstitucionalidad de la cláusula transitoria cuarta de la Constitución provincial. La misma fue incorporada en la última reforma constitucional y habilita a Insfrán a postularse para un noveno mandato consecutivo como gobernador, y a Eber Solís para un tercer mandato como vicegobernador.

Los fundamentos

En su dictamen, el Ministerio Público Fiscal sostuvo que el caso guarda “estrecha vinculación” con una causa anterior en la que la Corte Suprema ya había intervenido y declarado la inconstitucionalidad de la reelección indefinida en la provincia.

Eduardo Casal procurador general de la nacion
El fallo del procurador Casal resolvió que el máximo tribunal tiene jurisdicción en el caso Formosa

En ese precedente, el máximo tribunal había considerado que la habilitación de una octava candidatura de Insfrán violaba principios fundamentales de la Constitución Nacional y de tratados internacionales sobre derechos políticos y alternancia en el poder.

PUBLICIDAD

El dictamen subraya que, dadas las circunstancias y la naturaleza federal del caso, corresponde que la Corte Suprema ejerza su competencia originaria, tal como lo hizo en el antecedente inmediato. “En consecuencia, opino que, sobre esa base, corresponde a la competencia originaria de V.E.”, concluye el documento firmado este martes.

De esta manera, el Ministerio Público Fiscal avala la intervención de la Corte Suprema en un caso que vuelve a poner en debate los límites a la reelección de los gobernadores y la vigencia de los principios republicanos en las provincias argentinas.

A partir de este dictamen, y escuchada la opinión del Procurador, los jueces de la Corte Suprema Horacio Rosatti, Carlos Rosenkratz y Ricardo Lorenzetti, podrán resolver sobre este nuevo planteo.

En diciembre de 2024, el tribunal le había puesto fin a la reelección indefinida del gobernador de Formosa, al aceptar un amparo que presentó la Confederación Frente Amplio Formoseño contra el octavo mandato consecutivo que obtuvo el gobernador Gildo Insfrán.

Por unanimidad, los jueces Rosatti, Lorenzetti, Rosenkrantz y el actualmente retirado Juan Carlos Maqueda concluyeron que la cláusula de la constitución provincial que le permitió competir en las elecciones, y quedarse en el poder durante tres décadas, es contraria a la Constitución Nacional.

Desde cuando gobierna Insfrán y cómo fue la reforma de la Constitución de Formosa

Gildo Insfrán es gobernador de Formosa desde 1995. Antes había ejercido como vicegobernador desde 1987 y como diputado provincial desde 1983. Luego de todos esos años en relevantes cargos públicos de la provincia, la Corte Suprema puso un límite a su continuidad imponiendo el principio republicano de la alternancia en el Poder.

Allí el dirigente impulsó una reforma de la constitución de la provincia que concedió la alternancia del titular del Poder Ejecutivo pero interpretó, a través de una cláusula transitoria, que la actual era su primera gestión con las nuevas reglas.

En ese marco, la Convención Constituyente de Formosa aprobó el 24 de septiembre de 2025 la eliminación de la reelección indefinida para los cargos de gobernador y vicegobernador, pero permitiendo con la mencionada cláusula que Insfrán pueda volver a postularse.

El texto aprobado establece que el gobernador y el vicegobernador ejercerán funciones durante cuatro años y podrán ser reelegidos o sucederse recíprocamente solo por un mandato consecutivo. Si ya fueron reelectos o se sucedieron, solo podrán volver a presentarse tras un intervalo de un período. De este modo, la provincia adapta su normativa al Artículo 90 de la Constitución Nacional, que limita la reelección en cargos ejecutivos, aunque concediéndole a Insfrán un nuevo y “último” mandato.

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD

Últimas Noticias

Cantaron “¡bingo!”, tras una discusión terminaron en un calabozo y sin cobrar el premio: la Justicia ordenó indemnizarlos

Una noche de juegos terminó en la comisaría en 2019, después de que una pareja cantara la victoria y la sala se negara a pagarles el pozo especial al alegar un error en el uso del cartón. El tribunal condenó a la empresa a pagar el premio, una multa por daño punitivo y una indemnización por daño moral

Cantaron “¡bingo!”, tras una discusión terminaron en un calabozo y sin cobrar el premio: la Justicia ordenó indemnizarlos

Se separaron, ella siguió viviendo en la casa familiar y él le reclamó un canon mensual: la Justicia hizo lugar a la demanda y revisó los plazos de pago

El tribunal determinó que una mujer deberá pagar un canon locativo mensual a su exmarido por haber usado en forma exclusiva la vivienda que ambos compartían tras la separación. La Cámara de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia de primera instancia al detectar un error en la fecha final de esa ocupación exclusiva y ordenó recalcular el período alcanzado por el pago

Se separaron, ella siguió viviendo en la casa familiar y él le reclamó un canon mensual: la Justicia hizo lugar a la demanda y revisó los plazos de pago

Reclamó una indemnización porque su hijo se fracturó un brazo en el jardín, perdió el juicio y deberá pagar los gastos

Una familia reclamó una indemnización luego de que el niño sufriera una fractura de húmero y necesitara una cirugía con tres clavos tras un accidente ocurrido en el patio del establecimiento educativo, en noviembre de 2019. El tribunal tuvo por acreditadas las graves lesiones y el tratamiento médico al que debió someterse el menor, pero concluyó que no se había probado la responsabilidad del jardín y rechazó la demanda

Reclamó una indemnización porque su hijo se fracturó un brazo en el jardín, perdió el juicio y deberá pagar los gastos

Juicio por Vialidad II: un testigo reveló sobreprecios en las obras de Santa Cruz

Un contador declaró ante el tribunal que pagaban un millón de pesos por cada poste cuando el valor de mercado era de cien mil. Las empresas vinculadas al grupo Báez y la falta de control interno son el eje del nuevo juicio por Vialidad

Juicio por Vialidad II: un testigo reveló sobreprecios en las obras de Santa Cruz

La Corte Suprema dejó firmes condenas por explotación de la prostitución en Salta

El máximo tribunal rechazó el recurso de dos condenados a cinco años y medio de prisión. La causa se remonta a 2013 y apuntó a una red de prostitución en bares de Salvador Mazza

La Corte Suprema dejó firmes condenas por explotación de la prostitución en Salta